NORMATIVA

Orden 10/2018, de 12 de julio de la Conselleria de Economía sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de Fomento de Empleo para la contratación de personas pertenecientes a colectivos vulnerables.
https://www.dogv.gva.es/datos/2018/07/16/pdf/2018_6941.pdf
Resolución de 28 de diciembre de 2018, por la que se convoca para el ejercicio 2019 el Programa de Fomento de Empleo de la conversión a indefinido de contratos temporales de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
http://www.dogv.gva.es/datos/2019/01/21/pdf/2019_443.pdf

ENTIDADES BENEFICIARIAS

Las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana.
No podrán obtener la condición de beneficiarias:
 Las que tengan alguna prohibición del art. 13 apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
 Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, o cualquier otra unidad económica o patrimonial.

PERSONAS DESTINATARIAS FINALES

Las personas ocupadas con contrato de carácter no indefinido que figuren inscritos como demandantes de empleo (mejora de empleo) en el Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el momento de la conversión a indefinido de su contrato.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

La conversión a indefinido a jornada completa de los contratos temporales (incluidos los formativos) de las personas que se encuentren ocupadas con contratos de carácter no indefinido y que figuren inscritas como demandantes de empleo (mejora de empleo) hasta el momento de la conversión a indefinido de su contrato.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

 El importe ascenderá a 11.340 euros en general
 Cuando concurra adicionalmente la condición de mujer entonces será de 12.600 euros.
 Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa el importe será de 25.200 euros.
 Los contratos indefinidos de al menos 15 horas semanales de personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional.

CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN

 Permanecer al menos 30 días de alta previos a la conversión
Exclusiones:
 Contratos con un período de prueba igual o superior a 2 meses, contratos fijos discontinuos y los contratos del hogar familiar.
 Contratos a tiempo parcial, salvo 15 horas diversidad funcional severa.
 Personas trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral con la entidad empleadora en los 6 meses previos a la conversión.
 Contrataciones con ETT
 Empresas excluidas como beneficiarias
 Empleadoras sancionadas en los 2 años anteriores por faltas graves o muy graves.
 Relaciones laborales de carácter especial.
 Contrataciones en que la empleadora o sus cargos mantengan vínculos determinados.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

 La presentación de las solicitudes de las personas jurídicas se formalizará obligatoriamente mediante presentación telemática.
 La presentación de la solicitud de las personas físicas o personas autorizadas podrá presentarse mediante presentación telemática o mediante presentación física en los lugares previstos en la normativa correspondiente, utilizando los documentos normalizados.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de solicitud va desde el 22/01/2019 hasta el 31/10/2019

 

Todas las ayudas establecidas anteriormente deberán cumplir con los requisitos marcados en la normativa publicada arriba referenciada, así como con la aportación de la documentación necesaria básica y complementaria solicitada para poder acceder a las mismas. Todo ello requerirá un control para comprobar el cumplimiento de los requisitos. Por tanto los solicitantes deberán tener en cuenta el cumplimiento de los requisitos establecidos. La información anteriormente aportada no es vinculante para la concesión de la subvención, y es solamente a título de información que se plasma en la normativa que las regula.