NORMATIVA APLICABLE
Orden 22/2018, de 22 de noviembre, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía.
Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
Resolución de 17 de diciembre de 2019, del Director General de Comercio y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2020 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía.
Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
BENEFICIARIOS/AS Y CONDICIONES
— Personas físicas y sociedades mercantiles (pymes o micropymes), que no sean agrupaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonial.
o Condición de calificación artesana.
o Ejercer actividad comercial en: CNAE: Sección G, División 47 (excepto 4726, 473, 4773, 478, 479). IAE: Sección Primera, división 6, Agrupación 64 (excepto 646 y 647.5) y 65 (excepto 652.1, 654 y 655) o Siendo micropymes ejerzan la actividad en CNAE 478 o IAE 663.
— Agrupaciones profesionales del comercio y la artesanía.
— Asociaciones y Federaciones u otra forma de unión de asociaciones, de personas consumidoras y usuarias.
— Entidades locales.
PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Presentación telemática a través de la sede electrónica.
PLAZO SOLICITUDES
Desde el 10 de enero hasta el 31 de enero de 2020, ambos inclusive.
MODALIDADES
AVALEM ARTESANÍA
BENEFICIARIOS/AS
Personas físicas y sociedades mercantiles (documento de calificación artesana DCA).
CUANTÍA
50% con límite 5.000 euros y 7.500 cuando la feria es fuera del territorio español.
GASTOS FINANCIABLES
• Expositor certámenes feriales de artesanía.
• Protección del diseño, producto o marca.
• Confección y edición de catálogos de producto.
• Acciones de promoción de producto.
• Asistencia a cursos de especialización de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio.
EMPRENEM COMERÇ
Mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que con anterioridad se haya desarrollado actividad económica, local abierto al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre.
BENEFICIARIOS/AS
Personas físicas y sociedades mercantiles (ejercer actividad comercial en determinadas actividades, consultar ORDEN).
CUANTÍA
50% con límite 10.000 euros sin superar los 5.000 en alquiler.
GASTOS FINANCIABLES
• Estudios de viabilidad, factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño de establecimiento.
• Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para constitución de la empresa o inicio de la actividad.
• Gastos de alquiler del local devengados hasta el 30 de septiembre.
AVALEM COMERÇ
Inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online o su integración en una plataforma online.
BENEFICIARIOS/AS
Personas físicas y sociedades mercantiles (ejercer actividad comercial en determinadas actividades, consultar ORDEN).
CUANTÍA
No inferior a 3.000 y la ayuda del 50% con límite de 20.000 euros y en un período de 3 años.
GASTOS FINANCIABLES
Apoyo a inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico.
AVALEM COMERÇ RURAL
Inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta online o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, en municipios de menos de 1.000 habitantes.
BENEFICIARIOS/AS
Personas físicas y sociedades mercantiles (ejercer actividad comercial en determinadas actividades, consultar ORDEN).
CUANTÍA
60% con límite de 20.000 euros.
GASTOS FINANCIABLES
Inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial,incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de una creación de una página web.
AVALEM MERCATS
Para la venta en mercados de venta no sedentaria si disponen de autorización municipal para ello.
BENEFICIARIOS/AS
Siendo micropymes que ejerzan la actividad comercial en CNAE 478 Y IAE 663.
CUANTÍA
No inferior a 1.000 euros y será del 50% con límite del 5.000 euros.
GASTOS FINANCIABLES
Inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación.
PROGRAMA DE AYUDAS A ENTIDADES INTERMEDIAS EN MATERIA DE COMERCIO Y ARTESANÍA
6.A AGRUPACIONES DE PROFESIONALES DE COMERCIO SIN ANIMO DE LUCRO.
CUANTÍA
• 70 % con el límite de 40.000.
• Organización de 2º o 3º grado ámbito provincial o superior multisectorial límite de 60.000 euros.
• Si también agrupación comercio o artesanía y solicita ayuda puntos 2.a o 3 límite 50.000 ambas.
GASTOS FINANCIABLES
• Contratación de personal técnico dedicado a la planificación estratégica, gestión comercial, y promoción conjunta.
• Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen y promoción de productos y servicios, fidelización de las personas consumidoras y captación de asociadas.
• Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos en red.
• Organización y realización de acciones formativas específicas y sectorializadas que permitan la adaptación del personal vinculado a las agrupaciones.
• Actuaciones vinculadas con el impulso del comercio electrónico en las pymes asociadas.
6.B. AGRUPACIONES DE COMERCIANTES DE MERCADOS MUNICIPALES CON ALGÚN TIPO DE RECONOCIMIENTO DE CALIDAD.
CUANTÍA
• (a*) Para estas actuaciones hasta el 70% con límite de 25.000 euros.
• Hasta el 100% con el límite de 50.000 y 100.000 en tres años.
GASTOS FINANCIABLES
• (a*) Contratación o mantenimiento de personal técnico que realice las funciones de gerencia comercial.
• (b*) Renovación del mercado municipal.
6. C. AGRUPACIONES DE PROFESIONALES DE LA ARTESANÍA SIN ÁNIMO DE LUCRO.
CUANTÍA
Hasta el 70% con el límite de 40.000 euros.
GASTOS FINANCIABLES
• Contratación o mantenimiento de personal técnico profesional dedicado a la planificación estratégica, gestión
y promoción conjunta. ( Para este apartado ver especificaciones Orden).
• Acciones de comunicación, publicidad, imagen, promoción de productos o servicios y fidelización del consumidor y captación de asociadas.
• Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos de red.
• Realización de acciones formativas específicas y sectorializadas que permitan la adaptación del personal vinculado a las agrupaciones de artesanos o empresas asociadas.
• Actuaciones vinculadas con el impulso del comercio electrónico en las pymes asociadas.
• Asistencia y organización de ferias u otros eventos de promoción y comercialización de productos artesanos.
6. D. AGRUPACIONES DE PROFESIONALES DEL COMERCIO SECTORIAL Y OBJETIVO PRINCIPAL SEA CENTRAL DE COMPRAS Y SERVICIOS.
CUANTÍA
50% con el límite de 40.000 euros sin superar 60.000 en 3 años.
GASTOS FINANCIABLES
• Estudios determinados.
• Inversiones definidas en el estudio citado.
Todas las ayudas establecidas anteriormente deberán cumplir con los requisitos marcados en la normativa publicada arriba referenciada, así como con la aportación de la documentación necesaria básica y complementaria solicitada para poder acceder a las mismas. Todo ello requerirá un control para comprobar el cumplimiento de los requisitos. Por tanto, los solicitantes deberán tener en cuenta el cumplimiento de los requisitos establecidos. La información anteriormente aportada no es vinculante para la concesión de la subvención, y es solamente a título de información que se plasma en la
normativa que las regula.
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