02/02/2021

DECRETO 17/2021, 29 de enero +info

Tramitar ayuda

OBJETO

Ayudas dirigidas a apoyar la viabilidad económica de las empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social afectadas por la Covid-19, para reforzar su continuidad y posibilitar el mantenimiento de sus trabajadores y trabajadoras.

NORMATIVA DECRETO 17/2021

http://www.dogv.gva.es/datos/2021/02/02/pdf/2021_913.pdf

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

Se concederán de forma directa por concurrir razones de interés público, económico y social.

BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

  1. Las empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que, a la fecha de publicación de este decreto, dispongan de al menos una cuenta de cotización con personas trabajadoras en alta en el ámbito de la Comunitat Valenciana y cuya actividad económica se clasifique en alguno de los códigos de la CNAE-09 relacionados en el anexo.
  2. Las personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que desarrollan en la Comunitat Valenciana una actividad económica clasificada en alguno de los códigos de la CNAE-09 relacionados en el anexo.

Se exonera a los beneficiarios de la obligación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Para las personas o entidades beneficiarias a que hace referencia la letra a) del apartado anterior:

  • Por cada persona que a la fecha de publicación de este decreto figure de alta con contrato laboral en los códigos de cuentas de cotización de la Comunitat Valenciana y siempre que estén vinculadas a alguno de los CNAE relacionados en el anexo, con el límite de 12.000,00 euros por código de cuenta de cotización, a 600,00 euros en el caso de contratos a jornada completa y a 300,00 euros en el caso de contratos a jornada parcial.

Para las beneficiarias a que hace referencia la letra 2) del apartado anterior:

  • La ayuda ascenderá a 600,00 euros.

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del 4 de febrero de 2021 y finalizará a las 23.59 horas del 17 de febrero de 2021.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat a través del procedimiento «EMPCOV 2021 Apoyo a la viabilidad de empresas y personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por la Covid 19». En la página web de LABORA http://www.labora.gva.es/es/empreses/busque-ajudes-sub-vencions/ajudes-foment-de-l-ocupacio estará disponible la información sobre la convocatoria y se habilitará un acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
Se efectuará realizando dos trámites:

  • Trámite uno:

Solicitud de fecha y franja horaria para presentar la solicitud (no requiere firma electrónica). En este trámite solo deberá introducirse la identificación de la empresa o persona trabajadora autónoma para la que se solicita la ayuda (no de su representante), un correo electrónico y un teléfono de contacto. El sistema asignará plazo para presentar la solicitud.

  • Trámite dos:

Presentación de la solicitud (requiere firma electrónica). Dentro de la franja asignada, se accederá de nuevo al procedimiento a través del cual se presentará la solicitud y restante documentación requerida.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

    • Formulario de solicitud
    • Datos sobre la ayuda solicitada (Anexo I)
    • Datos de domiciliación bancaria
    • Declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas (Anexo II)
    • Formulario relativo a la representación (Anexo III), para el exclusivo caso de no disponer de firma electrónica y actuar mediante representante.

INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La concesión de la subvención, hasta agotar el crédito disponible, se efectuará en función de la fecha de criterio (día/hora/minuto/segundo).

COMPATIBILIDAD

Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

ANEXO CNAE-09 a los que se dirigen las ayudas

5510 Hoteles y alojamientos similares
5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia
5530 Campings y aparcamientos para caravanas
5590 Otros alojamientos
5610 Restaurantes y puestos de comidas
5621 Provisión de comidas preparadas para eventos
5629 Otros servicios de comidas
5630 Establecimientos de bebidas
5914 Actividades de exhibición cinematográfica
7911 Actividades de las agencias de viajes
7912 Actividades de los operadores turísticos
7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
8230 Organización de convenciones y ferias de muestras
9001 Artes escénicas
9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas
9003 Creación artística y literaria
9004 Gestión de salas de espectáculos
9102. Actividades de museos
9103. Gestión de lugares y edificios históricos
9311 Gestión de instalaciones deportivas
9312 Actividades de los clubes deportivos
9313 Actividades de los gimnasios
9319 Otras actividades deportivas
9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos
9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento