NORMATIVA Y ENLACES
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda establecida en la presente orden, las personas físicas o jurídicas inscritas en Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos.
OBJETO
Ayudas destinadas a fomentar la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana en el programa de la calidad de los alimentos.
CUANTÍA Y GASTOS SUBVENCIONABLES
- Serán gastos subvencionables las cuotas de mantenimiento anual por control y certificación abonadas por los beneficiarios de la presente orden al CAECV en el ejercicio correspondiente a la convocatoria
- La intensidad de la ayuda podrá ser de hasta un máximo del 70 % de los gastos subvencionables.
- La cuantía de la ayuda a otorgar por beneficiario no podrá superar el importe de 2.000 euros anuales.
- El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 15.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
- El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
PLAZO DE PRESENTACIÓN SOLICITUD
Será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El plazo será desde el 28/06/2021 hasta el 16/07/2021 inclusive.
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