Turisme CV

Beneficiarios

Profesionales del sector turístico y a empresas turísticas que desarrollen sus actividades en la Comunitat Valenciana, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  • Estar inscrito en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
  • Ser titular de una agencia de viajes inscrita en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
  • Estar adherida a alguno de los siguientes programas de política turística:

• CreaTurisme
• SICTED
• L’Exquisit Mediterrani
• Mediterranew Musix

Compatibilidad de las ayudas

La percepción de estas ayudas será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, y concedidos para la misma finalidad.

Tramitación y plazos de solicitud

De forma directa, se encarga a Turisme Comunitat Valenciana, entidad de derecho público adscrita a la Presidencia de la Generalitat, la tramitación y gestión de estas ayudas.

Se iniciará a las 12.00 horas del 22 de febrero de 2021 y finalizará a las 12.00 horas del 22 de marzo de 2021.

La presentación será telemática.

Solo se admitirá una solicitud por persona o entidad solicitante salvo que esta tenga más de un establecimiento inscrito en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, supuesto en el que podrá presentar una solicitud por establecimiento.

DOGV

Requisitos para ser beneficiario/a

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que, en la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

  • Formar parte de alguno de los colectivos
  • Persona física, alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, así como en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • Persona jurídica, alta en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
  • No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la LGS.

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • Destinar las ayudas recibidas a cubrir los gastos corrientes de la actividad realizada por la persona o entidad solicitante. Estos gastos deberán haberse realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y tendrán que ser justificados por la persona o entidad perceptora de la ayuda previo requerimiento de Turisme Comunitat Valenciana
  • Mantener la actividad económica durante seis meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda
  • Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones concedidas.
  • Comunicar a Turisme Comunitat Valenciana la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
  • Cumplir las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica.