DOGV NUM. 9069 de 26/04/2021

Becas para la realización de prácticas profesionales en actividades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la dirección general desalud pública y adicciones y centros dependientes de la misma.

NORMATIVA y OBJETO

DOGV

becas para la realización de prácticas profesionales en actividades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la dirección general desalud pública y adicciones y dentros dependientes de la misma

  1. Convocar la concesión de trece becas y declarar la urgencia del procedimiento, a excepción de solicitudes y recursos, para la realización de prácticas profesionales en actividades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la dirección general con competencias en materia de salud pública y adicciones y centros dependientes de la misma, para los ejercicios 2021 y 2022, destinadas a apoyar la formación complementaria, mejora y especialización profesional de las personas con titulaciones oficiales universitarias siguientes: Medicina, Enfermería, Nutrición y Dietética, Sociología, Psicología, Ciencias Políticas, Antropología, Trabajo Social, Estadística, Estadística Aplicada, Matemáticas, Ciencias Ambientales, Ingeniería Industrial, Ingeniería Química Industrial, Ingeniería en Tecnologías Industriales, Química, Física, Farmacia, Biología, Veterinaria, Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Información y Documentación, Comunicación, Economía, Derecho y Periodismo, con los siguientes perfiles profesionales según centro de realización de las prácticas profesionales por cada área funcional y actividad: becas adscritas a los servicios centrales de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones y centros dependientes de la misma.
  2. Una beca. Título universitario en Ingeniería, Matemáticas, Medicina, Farmacia, Biología, Química, Física, O Veterinaria. Actividad: formación complementaria y especialización en el manejo de datos genómicos y bioinformática.

BENEFICIARIOS

Requisitos de los solicitantes

  1. Podrán solicitar las becas objeto de regulación en estas bases, las personas que reúnan los siguientes requisitos al término del plazo de presentación de las solicitudes determinado en el apartado quinto de esta convocatoria:
  2. a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea. Quienes aspiran a ellas y no posean la nacionalidad española deberán acreditar conocimientos suficientes en alguna de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana, aspecto que se verificará, en su caso, durante el proceso de selección.
  3. b) No ser mayor de 35 años.
  4. c) Estar en posesión de cualquiera de las titulaciones exigidas en la correspondiente convocatoria, sin que hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización de los estudios requeridos.
  5. d) No haber sido persona beneficiaria de becas de prácticas profesionales otorgadas por la Generalitat por un período igual o superior a 36 meses.
  6. e) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el modelo de solicitud que estará accesible en la sede electrónica de la Generalitat gva.es.
  7. f) No padecer enfermedad o grado de discapacidad que impida el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la concesión de la beca y el normal desarrollo de las prácticas profesionales. Las personas con discapacidad en quienes no concurra este impedimento, podrán alegar su condición de discapacitada a los efectos de dirimir el posible empate que pueda producirse.
  8. No podrán optar a las becas que ordenan estas bases quienes, en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización

FECHA DE SOLICITUDES

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La forma de presentación de las solicitudes y documentación que debe acompañarse, se realizará exclusivamente por vía electrónica, la solicitud y currículum de forma completa, según modelos normalizados que están accesibles en la sede electrónica de la Generalitat, www.gva.es y se realizará y ajustará a lo determinado en la base quinta y sexta del anexo único de la citada orden.