RESUMEN DECRETO 18/2021, de 29 de enero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de ayudas para trabajadores y trabajadoras afectados por un ERTE derivado de la crisis sanitaria
OBJETO:
Aprobar las bases que regulan la concesión de ayudas urgentes, por concesión directa, a trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena afectados con suspensión del contrato por un expediente de regulación de empleo a consecuencia de la emergencia sanitaria causada por la Covid-19.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN:
Estas ayudas se conceden de forma directa.
PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS:
Serán beneficiarias las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener la condición de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena.
- Que el código de cuenta de cotización a la Seguridad Social del centro de trabajo donde presten sus servicios corresponda al código de una provincia en la Comunitat Valenciana.
- Que sean perceptoras de prestación por desempleo debido a la suspensión temporal del contrato de trabajo, de forma total, como consecuencia de un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o de fuerza mayor derivadas de la Covid-19.
IMPORTE DE LAS AYUDAS:
- Un máximo de 300,00 euros por persona beneficiaria en el caso de que hayan sido perceptoras de prestación por desempleo asociada a ERTE Covid-19 en los meses de enero y febrero del 2021.
- Un máximo de 150,00 euros por persona beneficiaria en el caso de que hayan sido perceptores de prestación por desempleo asociada a ERTE Covid-19 durante el mes de enero o durante el mes de febrero de 2021.
FORMA DE PAGO:
El pago de las ayudas se librará de una sola vez y se realizará mediante una transferencia a la correspondiente cuenta bancaria de las personas beneficiarias que haya facilitado el SEPE.
COMO SE INSTRUYE EL PROCESO:
La resolución de concesión determinará la relación de personas beneficiarias e indicará la cuantía de la ayuda. El plazo para resolver será de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Decreto.
OBLIGACIONES DE LOS PERCEPTORES:
Son obligaciones de las personas beneficiarias:
- Facilitar cuantos datos e información relacionados con la ayuda concedida les sean requeridos por la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
- Comunicar a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo cualquier incidencia que se produzca en relación con la suspensión de su contrato de trabajo o con el ERTE en el que se encuentren incluidas.
- En su caso, proceder al reintegro de los fondos percibidos.
- Someterse a las actuaciones de control financiero previstas.
COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS:
Estas ayudas serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, locales, autonómicos, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
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