NORMATIVA

Orden 10/2018 de 12 de julio de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de fomento de empleo para la contratación de personas pertenecientes a determinados colectivos vulnerables.
http://www.dogv.gva.es/datos/2018/07/16/pdf/2018_6941.pdf
Resolución de 28 de diciembre de 2018 por la que se convoca para el año 2019 el programa de fomento de la contratación indefinida de determinados colectivos vulnerables en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
http://www.dogv.gva.es/datos/2019/01/17/pdf/2019_219.pdf

OBJETO

Esta convocatoria tiene el objeto de la concesión de subvenciones en el ámbito de la Comunidad Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a colectivos relacionados.

BENEFICIARIOS

Las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la CV
No podrán obtener la condición de beneficiarias:

  • Las personas o entidades en las que concurra alguna prohibición del art. 13 apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio.

BENEFICIARIOS

Las personas destinatarias finales deberán pertenecer a alguno de estos colectivos:
 Personas en situación o riesgo de exclusión social acreditados.
 Personas desempleadas de larga duración.
 Personas mayores de 50 años
 Personas con diversidad funcional
Las personas destinatarias finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes.

SUBVENCIONES

Será objeto de subvención la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas a que hace referencia el punto anterior, en el caso de personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables una jornada de al menos 15 horas semanales.

CUANTÍA

 La subvención general será de 22.680 euros.
 Si concurre además la condición de mujer o de persona con diversidad funcional el importe será de 23.940 euros.
 Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el importe ascenderá a 25.200 euros.
 Las contrataciones de las personas con diversidad funcional severa con un jornada de 15 horas semanales reducirán la subvención proporcionalmente.

CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN

 Deberá efectuarse con posterioridad a 17/01/2019.
 La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de determinadas causas (ver convocatoria).

EXCLUSIONES

Quedan excluidos los siguientes supuestos:
 Contratos con un período de prueba igual o superior a 2 meses
 Contratos fijos discontinuos
 Los contratos de apoyo a emprendedores serán subvencionables si no se pacta período de prueba
 Contratos a tiempo parcial, excepto 15 horas semanales en diversidad funcional severa
 Personas que hubieran terminado la relación laboral en los 6 meses previos a la contratación
 Contratos con ETT
 Contrataciones con empresas excluidas como beneficiarias
 Relaciones laborales de carácter especial
 Contrataciones donde la entidad empleadora o los cargos directivos mantengan con la personas trabajadora alguna de las relaciones marcadas

FORMA DE PRESENTACIÓN

 La solicitud efectuada por persona jurídica deberá presentarse de forma telemática en la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana.
 La solicitud realizada por persona física o persona autorizada podrá tanto por presentación telemática o mediante la presentación física en los lugares establecidos legalmente en la normativa de la convocatoria.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación será desde el 17/01/2019 hasta el 31/10/2019

 

Todas las ayudas establecidas anteriormente deberán cumplir con los requisitos marcados en la normativa publicada arriba referenciada, así como con la aportación de la documentación necesaria básica y complementaria solicitada para poder acceder a las mismas. Todo ello requerirá un control para comprobar el cumplimiento de los requisitos. Por tanto los solicitantes deberán tener en cuenta el cumplimiento de los requisitos establecidos. La información anteriormente aportada no es vinculante para la concesión de la subvención, y es solamente a título de información que se plasma en la normativa que las regula.